Veamos de que ámbito es y a quien corresponde cada erogación.
LOS IMPUESTOS se le pagan al gobierno, ya sea Federal o Local.
Los siguientes Impuestos son de ámbito FEDERAL
Al COMPRADOR corresponderá pagar, en caso que se generen:
Las siguientes erogaciones son de ámbito LOCAL y le corresponden al COMPRADOR.
Los DERECHOS. Se le pagan a una institución de gobierno estatal o local y son:
Los GASTOS se pagan a particulares y son:
Veamos cuándo y cómo aplica el ISR por adquisición.
Cuando el Valor Catastral o de Avalúo es superior al 10% del Valor de la Compraventa se paga siempre una tasa del 20% sobre el excedente, de ISR por adquisición.
Veamos el siguiente ejemplo para ilustrarlo:
Si tenemos un Valor de la Compraventa $3,000,000
Agregamos un 10% y tendremos $3,300,000 de holgura libre de impuesto.
Si el Valor Catastral o de Avalúo es de $4,000,000
tendríamos un excedente de $700,000 que al multiplicar por la tasa del 20% genera $140,000 de ISR por adquisición llevando el desembolso del comprador a $3,140,000, independientemente de otros impuestos locales.